lunes, 7 de septiembre de 2009

Cuanto paro me corresponde cobrar

Vamos ahora a ver cuanto tiempo de desempleo nos corresponde según el tiempo que hayamos cotizado.


Ya sabemos que el mínimo para cobrar el paro que hemos de cotizar es de 360 días, los cuales pueden venir de la encadenación de varios contratos de corta duración.


Hemos de tener en cuenta que las vacaciones retribuidas y no disfrutadas también computan a efectos de la suma total de días cotizados.


Tener en cuenta la siguiente tabla es muy importante, ya que cotizar un día mas o menos va a influir en cuanto tiempo puedo cobrar el paro.


18 comentarios:

Anónimo dijo...

a ver si puedes ayudarme y gracias de antemano:

estoy desempleado desde marzo d 2009, en mi caso tenia un contrato de jornada parcial de 5 horas diarias:

mi base reguladora los ultimos 6 meses: 1228.78 euros

NO TENGO HIJOS

prestacion que he cobrado los 6 primeros meses: 664,85 euros.(sin descontar SS)

mi pregunta es como puede ser que ahora solo cobre: 458,36 (sin descontar SS)

EN LA TEORIA SE PASA DE COBRAR EL 70% AL 60%.

le agradeceria que me ayudara

un saludo

Dr. M dijo...

Hola amigo:

Si has estado cobrando 664,85 euros de paro, tu base de cotización corresponde a unos 950 euros mensuales. En ningún caso te podrían corresponder los 458 euros que te ingresan ahora.

Quizás te han embargado parte de la prestación por alguna deuda.

En cualquier caso te recomiendo que accedas a la página de consulta de prestaciones, en la que te va a indicar los detalles de tu último cobro, incluída tu base de cotización:

https://www.redtrabaja.es/es/
redtrabaja/DPrestanetWeb/
AutDatosContrasteI.do?
aplicacion=cdp&pagina=0&aut=false

Y si eso no te lo aclara te recomiendo que te persones en tu oficina del Inem.

Un saludo,

Javi

Anónimo dijo...

Hola,
Tengo una duda: Tenía reconocidos 720 días (2 años) de prestación de desempleo. Me quedaron pendientes por cobrar 30 días. He vuelto a tener varios trabajos y he finalizado el último contrato y tengo 700 días cotizados, con lo que por poco no llego a tener 6 meses de paro (tengo sólo 4 meses). Finalmente he decidido coger los 30 días de paro ya que si no me caducarían y los perdería y mantener así intacta la 2º bolsa de paro. Mi pregunta es: ¿hay un tiempo mínimo que tenga que estar de alta trabajando para luego poder coger la segunda bolsa de paro o vale con estar de alta un día? ¿si es así, se me termina el 1er paro y no encuentro trabajo enseguida, en este caso, tendría derecho a algún otro subsidio? Gracias y un saludo.

Dr. M dijo...

Hola amigo:

Lamento decirte que una vez que has generado un nuevo derecho de prestación, has de optar entre el antiguo o el nuevo, y el que descartes lo pierdes. Lo ideal sería que cotizaras unos días mas hasta completar el derecho de seis meses de prestación.
En cualquier caso no podrás disfrutar de los dos derechos que tienes acumulados.

Anónimo dijo...

Hola Javi,
Esto no es lo que me han dicho en el INEM. Incluso me recomendaron coger los 30 días de paro de la bolsa de paro anterior, porque si esto no lo mueves en 1 año, caduca. Y la última vez cogí el paro unos días en febrero pasado. Ellos me han dicho que cuando vuelva ahora a trabajar se acumularán los días cotizados a los que ya tengo (700)y podré llegar a los 6 meses de paro. Lo que quería saber era si hay un mínimo que tenga que estar de alta o si vale con estar de alta-trabajando 1 día, para poder activar esa segunda bolsa de paro y entonces cobrar esos 4 o 6 meses (si llego) de paro.
Gracias y un saludo.

Dr. M dijo...

Pregunta:
He interrumpido la prestación porque he estado trabajando ¿Tengo derecho a una nueva o debo reanudar la que percibía antes de trabajar?

Respuesta:
a) Si la prestación suspendida es un subsidio por desempleo, al finalizar el trabajo pueden darse tres situaciones:
- Que tenga cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) inferiores a 90 días, en cuyo caso sólo podrá reanudar el subsidio suspendido.
- Que tenga cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 90 días e inferiores a 360. En este caso, y si cumple los requisitos para acceder a un subsidio por cotizaciones inferiores a doce meses, a la finalización del empleo podrá optar entre solicitar este nuevo subsidio o la reanudación del subsidio suspendido.
- Que tenga cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 360 días: en este caso deberá necesariamente solicitar una prestación contributiva nueva.
b) Si la prestación suspendida es una contributiva, a la finalización del trabajo que causó la suspensión pueden darse dos situaciones:
- Que la duración del trabajo haya sido inferior a 360 días, en cuyo caso deberá necesariamente solicitar la reanudación de la prestación suspendida.
- Que la duración del trabajo o trabajos realizados desde la suspensión de la prestación haya sido igual o superior a 360 días, en cuyo caso podrá optar entre reabrir el derecho anterior por el período que le restaba y las bases y tipos que le correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones. Debe tener en cuenta que, cuando opte por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la prestación por la que no ha optado, se considerarán utilizadas, por lo que no podrán tenerse en cuenta para el reconocimiento de un derecho posterior de nivel contributivo o asistencial.
Referencia normativa: Arts. 204.3, 210.3, 212.1.d), 213.1.d) y 215.1.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/94 de 20 de junio. Arts. 13.3 y 14 del R. D. 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la ley de protección por desempleo.

Fuente: Redtrabaj@.es

Anónimo dijo...

Hola, llevo dos años con un contrato de 20 horas semanales de un trabajo y a parte durante el primero de esos dos años tuve un segundo trabajo tambien con contrato de 20 horas, este ultimo año cobraba la mitad del paro anterior a lo cotizado estos dos ultimos años, mi pregutna es si me corresponde un paro nuevo por estos dos años cotizados con contrato de 20 horas... o si por el contrario no me corresponde nada de paro, gracias de antemano.

Dr. M dijo...

Hola,
Te corresponde cobrar prestación o subsidio si por un lado desde que se te concedió el paro a tiempo parcial has cotizado el tiempo suficiente (un año para la prestación o menos de un año para el subsidio), requisito que para la prestación contributiva parece que no cumples.
Por otro lado para poder solicitarlo deberás acreditar una extinción de tu contrato actual por despido o fin de contrato a instancias del empresario.

Unknown dijo...

Hola buenas, a ver si puedes ayudarme.
En Febrero hago 3 años en la misma empresa. Hace dos meses me pasaron de jornada completa, a media jornada. Ahora nos despiden. Quisiera saber como calculo la que me corresponde de paro. Te mando las bases de cotización de los ultimos meses. 1820-1502-1497-841 y 872. Esperando la de enero, que si me hace un favor la empresa será de unos 1800 €, y si no me la hace será de 870 €. No tengo hijos.
Un saludo, y gracias por anticipado.

Dr. M dijo...

Hola Carlos:

En primer lugar, los meses trabajados a media jornada computan como "medio mes" a la hora de calcular la prestación, así que para ser exactos necesitaríamos saber la base de cotización del mes precedente a las bases que mencionas.

Suponiendo que la base de cotización del mes que falta fueran 1.500,00 euros, cobrarías 1.037 € si el empresario "te hace el favor", y 993 € si no. En ambos casos netos, ya deducida seguridad social.

Un saludo.

Unknown dijo...

El calculo de paro, solucionado, pero para rizar el rizo, a ver si me puedes ayudar en calcular la liquidación. Hemos acordado 33 días por año trabajado. Si yo he trabajado 3 años, ¿como calculo la liquidación?.
Muchas gracias otra vez.
Saludos.

Javi dijo...

Hola Carlos,
Puedes entrar en calcularfiniquito.es y calcularlo con su aplicación.

Unknown dijo...

Hola otra vez. Mira, fui a la oficina del INEM, y me dicen que las nominas a media jornada, computan igual que a jornada completa. Asi que he cogido las nominas, y las bases de cotizacion, y me sale 947 € en vez de los 1.037 € que me dices. Tengo un lio del carallo.

Dr. M dijo...

Hola Carlos,

Lo puedes confirmar mirando tu contrato. Si estabas contratado durante los dos últimos meses por cuatro horas diarias, te cuenta cada nómina como 15 días.
Si dispones de certificado digital puedes descargar de la web de la seguridad social tu vida laboral y el informe de bases de cotización para estar mas seguro.

Un saludo.

Anónimo dijo...

Hola necesito ayuda, mi pareja estuvo trabajando y tiene paro acomulado, dejo de trabajar creyendo que lo conseguiria y no fue asi. Ahora lleva 4 años sin encontrar nada sin paro y sin ninguna ayuda. El paro lo tiene ahi y sin poder cogerlo. Mi pregunta es: si lo contratan durante unos dias o un mes o un dia, podra cobrarlo? Puede pedir alguna prestacion si no lo contratan? No se que hacer ya estoy desesperada. Gracias.

Anónimo dijo...

holla,a ver si puedes ayudarme: ahora estoy trabajando en una empresa con un contrat de 30 horas semanales con una antiguedad de 2 anos,mi pregunta es: cuanto dinero voy a cobrar el paro??? y cuanto tiempo??? muchas gracias

Joel6 dijo...

He trabajado a jornada completa durante 8 meses. Tengo carga familiar. Mi nomina base es de 800 mas extras que se me quedaba en 1000 ... me corresponderia paro? De ser asi cuanto quedaria?

Anónimo dijo...

Buenos días
Estoy en una bolsa de trabajo de la consejería de educación. Este año he estado trabajando en mi ciudad. Ahora me pueden ofrecer una vacante pero en otra provincia de la que vivo, en ese caso, si la rechazo ¿puedo pedir el paro? Es que con los gastos de desplazamiento y de guardería de mi hijo no me conviene nada.